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HISTORIA
El conflicto de la deportación de un migrante y el Artículo 8 Derecho a la Vida Privada y Familiar es histórico en su naturaleza, sin embargo, esto no impidió la introducción de la Sección 94B de la Ley de Nacionalidad, Inmigración y Asilo de 2002. Se introdujo una política para negar a un migrante el derecho a residir en el Reino Unido mientras apela la decisión tras la condena por un delito grave, de ahí la introducción de la Sección 94B.
LEGISLACIÓN
El artículo 94B se refiere a los migrantes detenidos por un delito en el Reino Unido. Si se detiene por un delito grave, se podría revocar el derecho a permanecer en el Reino Unido. El migrante puede presentar una apelación, sin embargo, el artículo 94B otorgó al Secretario de Estado el poder de deportar a un migrante antes de que se escuche una apelación si se cumplen ciertos criterios. Uno podría preguntarse cuál es el problema. Un rechazo a permanecer en el Reino Unido ciertamente debería ser seguido y ejecutado, y con una apelación aún disponible (aunque fuera del Reino Unido), ¿cuál es realmente el problema? El fallo en la Corte Suprema del caso de R (Kiarie y Byndloss) contra el Secretario de Estado del Departamento del Interior ofrece una respuesta y aborda los problemas que surgen cuando se involucra el Artículo 8.
ESQUEMA DEL CASO
Todas las autoridades públicas deben actuar de manera compatible con los Derechos de la Convención (Sección 6 HRA 98). En este reciente fallo se determinó que la implementación de 'deportar primero, apelar después' sí afectaba al Artículo 8. El Sr. Kiarie tiene nacionalidad keniana, se mudó al Reino Unido en 1997 con sus padres y hermanos a la edad de tres años. Al Sr. Kiarie se le concedió Permiso de Residencia Indefinida en 2004, y en el momento de la audiencia tenía 23 años. El Sr. Byndloss tiene nacionalidad jamaiquina, se mudó al Reino Unido cuando tenía 21 años y en el momento de la apelación tenía 36 años. Tiene esposa y varios hijos en el Reino Unido. Al Sr. Byndloss se le concedió Permiso de Residencia Indefinida en 2006. Ambos apelantes fueron condenados por un grave delito de drogas.
A los señores Kiarie y Byndloss se les expidieron Certificados Sección 94B para su deportación. La Corte Suprema fue solicitada para revisar la decisión de la Corte de Apelaciones, que aunque el Artículo 8 estaba involucrado, la decisión de deportar era proporcionada. El factor que llevó a la deportación se justificó ya que, si el migrante permanecía, era conveniente para el bien público. El Gobierno Conservador declaró que el Certificado solo se emitiría bajo la premisa de que no hay riesgo de daño grave e irreversible tras la deportación.
JUICIO
El Tribunal Supremo dictaminó que el Certificado de deportación era ilegal y no estaba en conformidad con el Artículo 8 ya que el Secretario de Estado había actuado de manera desproporcionada. Lord Wilson declaró que aunque el Secretario de Estado afirmó que un Certificado solo se otorgaría “Donde no haya riesgo de daño grave e irreversible, deberíamos deportar a los delincuentes extranjeros primero y escuchar sus apelaciones después.” Sin embargo, Lord Wilson interpreta esta declaración no solo como el riesgo de daño al país al cual se va a deportar al solicitante, sino el daño que podría causarse a la probabilidad de éxito en la apelación. La incapacidad de proporcionar evidencia oral en persona, designar y posteriormente coordinar adecuadamente con representantes legales antes de la audiencia podría afectar negativamente el resultado. Este fue el enfoque principal del Tribunal Supremo, poniendo énfasis en la equidad de una apelación fuera del país que involucra al Artículo 8.
La equidad de una apelación fue establecida en el párrafo 56, Lord Wilson especificó que el papel del Ministerio del Interior es tanto decidir la deportación del migrante como ser parte en los procedimientos de apelación, quizás Lord Wilson estaba sugiriendo un desequilibrio de poder.
Además, la expulsión del migrante podría afectar los fundamentos en los que basa su apelación. Si la apelación plantea cuestiones relacionadas con fuertes lazos familiares, sociales y comunitarios, el migrante no está demostrando actualmente esos lazos mientras se encuentra en otro país.
EL FUTURO DE 94B
Las implicaciones completas del fallo de la Corte Suprema aún están por verse. El gobierno aún no ha actuado sobre la política ahora considerada ilegal de 'deportar primero, apelar después'. No está claro si es posible que se emitan tales certificados en un futuro cercano o si habrá una enmienda de la legislación. Sin embargo, es evidente la necesidad de que el gobierno tome medidas.
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Fuentes:
http://www.legislation.gov.uk/ukpga/2002/
https://www.supremecourt.uk/cases/docs/uksc-2016-0009-judgment.pdf
https://www.migrationwatchuk.org/briefing-paper/370
https://ukhumanrightsblog.com/incorporated-rights/articles-index/article-8-of-the-echr/